Matrículas R.U.P.

Dirección Provincial de Fiscalización Sanitaria

Primer Paso – Reservar un Turno Web

Para poder iniciar el trámite de matriculación, primero deberá reservar un turno web.
Para reservar su turno ingrese AQUÍ y siga los pasos indicados.


Segundo Paso – Trámite presencial

Para finalizar el trámite, deberá presentarse en la Dirección de Fiscalización Sanitaria, Departamento Ejercicio de las Profesiones, en el día y a la hora indicada por el turno online. Tenga en cuenta que la siguiente documentación será requerida para poder realizar el trámite.

  • Título, diploma o certificado: original legalizado y fotocopia en tamaño A4, según lo previsto en los artículos 1 y 2 del capítulo I de la ley Nº 4.534 del ejercicio del arte de curar.
  • Documento de identidad: original y fotocopia y cambio de domicilio en tamaño A4.
  • Comprobante de pago: timbrado provincial de $390 del Banco Provincia de Buenos Aires.
  • Interdepósito en la cuenta corriente nº 1696/2 sucursal 2000 del Banco Provincia a nombre de la Dirección de Fiscalización Sanitaria; . La suma por matriculación, renovación o certificación es de: $2.365,00

    El pago se puede hacer efectivo en las sucursales del Banco Provincia y en la red de BAPRO PAGOS o mediante transferencia al CBU 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8

  • Comprobante del turno solicitado a través de la web.

Acompañantes terpéuticos: ver más información aquí.

Epidemiólogos: ver más información aquí.


Renovación de Matrícula

Si su matrícula se encuentra vencida o está próxima a su vencimiento deberá enviar un mail a renovacionmatriculaspba@gmail.com adjuntando fotos de:

  • Matrícula actual: ambos lados
  • Documento de identidad:ambos lados
  • Comprobante de pago: timbrado provincial de $390 del Banco Provincia de Buenos Aires.
  • Interdepósito: de $2.365,00 en la cuenta corriente Nº 1696/2 sucursal 2000 del Banco Provincia a nombre de la Dirección de Fiscalización Sanitaria.
    El pago se puede hacer efectivo en las sucursales del Banco Provincia o mediante transferencia al CBU 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8

Información de interés

  • Técnicos/as en Radiodiagnóstico
  • Técnicos/as Radiólogos
  • Técnicos/as en Salud con Especialización en Radiología
  • Técnicos/as en Quirófanos
  • Técnicos/as en Inmunohematología
  • Técnicos/as en Electroencefalografía
  • Técnicos/as en Citología
  • Técnicos/as en Electrocardiografía
  • Técnicos/as en Órtesis y Prótesis
  • Técnicos/as en Diagnóstico por Imágenes
  • Técnicos/as Preparadores de Histología
  • Técnicos/as en Neurofisiología
  • Técnicos/as de Laboratorio
  • Técnicos/as en Laboratorio de Análisis Clínicos
  • Técnicos/as en Cardiología
  • Técnicos/as en Hemoterapia
  • Técnicos/as en acompañamiento terapéutico (títulos terciarios y universitarios)
  • Auxiliares Técnicos/as en Diálisis
  • Auxiliares Técnicos/as en Anestesiología
  • Auxiliares Técnicos/as en Estadística de Salud
  • Auxiliares Técnico de Eterilización
  • Auxiliar de Familia Especializado en Cuidados de Adultos Mayores (Res. 1029/08)
  • Auxiliar de Familia Especializado en Cuidados de Personas con Discapacidad (res. 5697/08)
  • Técnicos/as en Tomografía Axial Computada
  • Licenciados en Producción de Bioimágenes (universitarios)
  • Musicoterapéutas (universitarios)
  • Podólogos
  • Asistentes de Enfermería
  • Auxiliares de Enfermería
  • Enfermeros
  • Licenciados en Enfermería
  • Operadores Socio-Comunitario Especializados en Atención de las Adicciones (Res. 4173/08)
  • Identificadores del Recién nacido
  • Instrumentadores Quirúrgicos
  • Asistentes Dentales
  • Protésicos Dentales (universitarios- dipregep)
  • Licenciados en Psicopedagogía (universitarios)
  • Agentes de Propaganda Médica (deben acreditar identidad personal y domicilio real en la provincia de Buenos Aires. (Art. 4° inc. b) Ley 10.851)
  • Licenciados en Psicomotricidad (universitarios)
  • Los títulos extranjeros deberán homologarse ante el Ministerio de Educación de la Nación.
  • Los diplomas expedidos por Universidades Nacionales deberán ser legalizados por la Dirección de Gestión Universitaria dependiente del Ministerio de Educación de la Nación.
  • Los diplomas de Agentes de Propaganda Médica que hayan sido expedidos por Universidades Nacionales con anterioridad al año 2007 deberán poseer la legalización de la Dirección de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación de la Nación y los diplomas obtenidos desde el año 2007 deberán ser certificados ante Escribano Público.
  • Los diplomas expedidos por organismos oficiales de la provincia de Buenos Aires deberán legalizarse ante la Dirección General de Escuelas Bonaerense.
  • Los títulos otorgados por organismos privados de la Provincia de Buenos Aires deberán ser legalizados en la Dirección de Gestión Privada dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
  • Los diplomas emitidos por Institutos privados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán legalizarse por el Gobierno de la Ciudad.
  • Si el Título fue expedido por organismos pertenecientes a otras provincias se deberá presentar certificado de matriculación en dicha provincia.
  • En caso de solicitar la matriculación como licenciados, estando matriculados previamente como técnicos o en el caso de aspirar a matricularse como técnicos estando registrados como auxiliares, deberán presentar la matrícula y el diploma correspondiente.
  • Para trámites de reempadronamiento se deberá presentar la matrícula anterior. De acuerdo a la ley 10.851, los agentes de propaganda médica deben poseer domicilio en provincia de Buenos Aires.
  • Acompañantes terpéuticos:

    - Según resolución ministerial Nº 1014/14 se podrán registrar en el REAT aquellos que cuenten con un diseño curricular de 640 horas de formación profesional.

    - Según resolución ministerial Nº 1221/15 serán reconocidos como Técnicos aquellos que cuenten con un diseño curricular de 1600 horas de formación profesional.

  • Epidemiólogos:

    - Según disposición ministerial DISPO-2022-592-GDEBA-DPRYFSMSALGP se podrán registrar aquellos profesionales que cuenten al menos con alguno de estos documentos:

    • Título y/o Certificado de Especialista en Epidemiología expedido o autorizado por el Ministerio de Salud de la Nación y/o autoridad competente.
    • Certificado de Residencia completa en Epidemiología, otorgado por el Ministerio de Salud de la Nación, Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y/o autoridad competente. y/o Certificado de Especialista en Epidemiología expedido o autorizado por el Ministerio de Salud de la Nación y/o autoridad competente.
    • Título otorgado por Universidades Nacionales, Provinciales o Privadas, reconocidas por autoridad competente.
    • Documento y/o Certificación hábil expedido por sociedad civil de reconocimiento y/o entidad científica de la especialidad.